Publicado en: Perspectivas Sociales y Administrativas
Fecha de Publicación: 2025-09-10
Volumen: 3
Número: 2
Año: 2025
DOI URL: https://doi.org/10.61347/psa.v3i2.101
Autores:
Palabras clave: Arbitraje internacional; laudos arbitrales; seguridad jurídica; tratados internacionales
El presente estudio analizó la supremacía normativa de los tratados internacionales en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, en particular en lo relacionado con la ejecución de laudos arbitrales extranjeros. Se toma como referencia la sentencia constitucional 3232-19-EP/24 emitida por la Corte Constitucional del Ecuador, la cual, en el marco de un sistema monista, otorga a los tratados internacionales ratificados jerarquía constitucional y permite su aplicación directa en el ámbito interno sin necesidad de trámites adicionales. Sin embargo, históricamente han surgido tensiones entre esta supremacía y ciertos formalismos procesales nacionales, especialmente aquellos vinculados con la homologación de laudos extranjeros. La sentencia estudiada resuelve de manera expresa este conflicto al establecer que los tratados internacionales, como la Convención de Nueva York de 1958, prevalecen sobre cualquier norma interna en sentido contrario. Este pronunciamiento fortalece la seguridad jurídica, aporta mayor previsibilidad y estabilidad al sistema judicial ecuatoriano y, al mismo tiempo, mejora la imagen del país en el ámbito internacional, al proyectarlo como una jurisdicción confiable para inversionistas y empresas que participan en operaciones transfronterizas. No obstante, también pone en evidencia la necesidad de una adecuada capacitación del poder judicial para garantizar una aplicación coherente y uniforme de estos estándares internacionales. En conclusión, la sentencia 3232-19-EP/24 representa un avance jurisprudencial clave que refuerza el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por Ecuador y promueve un entorno más favorable para el arbitraje internacional y la inversión extranjera directa.
This study analyzes the normative supremacy of international treaties within the Ecuadorian legal system, particularly regarding the enforcement of foreign arbitral awards. It takes as a central reference Constitutional Judgment 3232-19-EP/24 issued by the Constitutional Court of Ecuador, which, under a monist system, grants ratified international treaties constitutional hierarchy and allows their direct application in the domestic sphere without the need for additional procedures. However, tensions have historically arisen between this supremacy and certain national procedural formalities, especially those related to the recognition of foreign awards. The judgment under review expressly resolves this conflict by establishing that international treaties, such as the 1958 New York Convention, prevail over any conflicting domestic norms. This ruling strengthens legal certainty, enhances predictability and stability within the Ecuadorian judicial system, and simultaneously improves the country’s international image by positioning it as a reliable jurisdiction for investors and companies engaged in cross-border operations. Nevertheless, it also highlights the need for adequate training of the judiciary to ensure a coherent and uniform application of these international standards. In conclusion, Judgment 3232-19-EP/24 represents a key jurisprudential development that reinforces Ecuador’s compliance with its international obligations and promotes a more favorable environment for international arbitration and foreign direct investment.
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